Borrador
Voy a abrir, cambiar o cerrar una instalación: qué anotar, qué presentar y qué guardar
Instalación
(sust.) Cada sitio donde tu bodega elabora, guarda o embotella vino.
- ¿Qué te toca?
En el REOVI: la instalación nueva, sus cambios y su cierre.
En la AEAT: si elaboras en ella, se inscribe antes como fábrica.
Cada depósito con producto, marcado con su identificación, su volumen nominal, su producto y, si lo tiene, el nombre de la DOP o IGP.
- ¿Cuándo?
REOVI: en el mes siguiente a empezar, cambiar, cesar o detectar un error.
AEAT: antes de empezar a elaborar.
Al detalle: qué pide la AEAT, qué cambia en INFOVI y qué pasa si vas a embotellar.
Lo que pide abrir una instalación, cambiar sus datos o cerrarla: dónde se inscribe y qué cambia en tus declaraciones. Lo que añade tu Comunidad Autónoma, como su registro de industrias, va en su página.
Antes
- Si vas a elaborar en ella, inscríbela en el registro territorial de impuestos especiales de la AEAT antes de empezar, de alta en el censo y al corriente con Hacienda. La solicitud lleva la memoria, los planos con los depósitos y el título de las instalaciones. Los almacenes auxiliares de la misma provincia, sin elaboración, pueden ir dentro del establecimiento. Registro territorial de impuestos especiales
- Si vas a embotellar en ella, pon en la etiqueta el número del registro de envasadores de tu Comunidad Autónoma. Hay excepciones para traslados entre instalaciones de la misma empresa, partidas sin venta de hasta 30 litros y consumo familiar del productor y sus empleados. Etiqueta del vino
Durante
- Solicita la inscripción del operador y de cada instalación en el REOVI ante la Comunidad Autónoma de la sede social, dentro del mes siguiente al inicio de la actividad. Al empezar, comunica la producción estimada. REOVI
- Marca de forma indeleble cada depósito con producto: identificación, volumen nominal, producto y, si lo tiene, nombre de la DOP o IGP. Los recipientes de 600 l o menos con el mismo producto y lote pueden marcarse por lote, si está identificado y separado. Libro registro
Después
- Comunica al REOVI los cambios dentro del mes siguiente a producirse, los errores dentro del mes siguiente a detectarlos y el cierre dentro del mes siguiente al cese. REOVI
- Si eres productor o almacenista obligado a INFOVI, presenta la declaración de cada instalación, aunque sus datos estén a cero. Las exenciones están en INFOVI. INFOVI
Lo que pide sale de la UE y de España, igual en todos los territorios. Lo que añade cada Comunidad Autónoma y cada DO: Territorios.
La norma
- Real Decreto 1165/1995, art. 40 y 65
- Real Decreto 1363/2011, art. 3, 4, 6 a 10; art. 11
- Real Decreto 739/2015, art. 4.2 y 5.4; art. 5 y 6.1; anexos III a y III b (redacción del RD 313/2016, art. 1.6)
- Reglamento Delegado (UE) 2018/273, art. 31 y 32
- Reglamento de Ejecución (UE) 2018/274, art. 22 y 23
Revisado el 26-10-2026Información orientativa, sacada de la norma oficial enlazada. No sustituye a un asesoramiento.Qué ha cambiado¿Ves un error? Escríbenos a contacto@grapeiq.net