Registro territorial de impuestos especiales: cuándo se inscribe la bodega
Registro territorial de impuestos especiales
(loc. sust.) La inscripción de tu bodega en la AEAT como fábrica de impuestos especiales.
- ¿Te toca?
Sí, si elaboras vino: para los impuestos especiales, tu bodega es una fábrica.
- ¿Cuándo?
Antes de empezar a elaborar.
Antes, además, de alta en el censo y al corriente con Hacienda.
- ¿Dónde se hace?
En la oficina gestora de la AEAT de donde está tu bodega.
Al detalle: qué lleva la solicitud, los almacenes auxiliares y la norma.
Para los impuestos especiales, una bodega que elabora vino es una fábrica. Antes de elaborar, se inscribe en el registro territorial de la oficina gestora de la AEAT. Aquí tienes lo que necesitas para prepararlo.
¿A quién le toca y cuándo?
Te toca si tu bodega elabora vino. Te inscribes antes de empezar a elaborar.
- Pides la inscripción en la oficina gestora de la AEAT de donde está tu establecimiento.
- La pide el titular de la bodega.
Norma: Real Decreto 1165/1995, art. 40 y 65.1.
¿Qué tienes que cumplir antes de pedirla?
Antes de pedir la inscripción tienes que cumplir dos requisitos.
- Estar de alta en el censo de Hacienda.
- Estar al corriente de tus obligaciones tributarias.
Norma: Real Decreto 1165/1995, art. 40.2.
¿Qué documentos lleva la solicitud?
Cuatro documentos y los datos del titular y del establecimiento. Usa esta lista para comprobar que no falta nada.
- Memoria descriptiva.
- Planos, con los elementos de almacenamiento y de fabricación: los depósitos y los aparatos.
- Título de disposición de las instalaciones: el que te permite usarlas.
- Memoria técnica.
- Datos: el titular y su NIF, la clase y la dirección del establecimiento, y sus almacenes auxiliares, si los tiene.
Norma: Real Decreto 1165/1995, art. 40.2.
¿Y si tienes almacenes auxiliares?
Un almacén auxiliar puede integrarse en el establecimiento de tu bodega si cumple las dos condiciones.
| Condición | Qué pide |
|---|---|
| Lugar | Está en la misma provincia que la bodega |
| Actividad | En él no se fabrica |
- Sus datos van en la misma solicitud de inscripción de la bodega.
Norma: Real Decreto 1165/1995, art. 65.2 y 65.3.
¿Qué viene después de la inscripción?
Como fábrica, llevas la contabilidad de impuestos especiales de tu establecimiento.
- Lo normal es llevarla en SILICIE, donde cada establecimiento va con su CAE.
- Solo si la oficina gestora te autoriza a llevar los libros en papel, presentas cada trimestre el modelo 553.
Norma: Real Decreto 1165/1995, art. 50.2.a.
Fuentes y norma completa
- Real Decreto 1165/1995, art. 40 y 65
- Reglamento de Ejecución (UE) 2018/274, art. 13 a 15 y 20.1
- En tu Comunidad: Orden AGR/1616/2022, art. 11
- Orden HAC/998/2019, art. 3.3 y anexo, apartado II, 9
Revisado el 26-10-2026Información orientativa, sacada de la norma oficial enlazada. No sustituye a un asesoramiento.Qué ha cambiado¿Ves un error? Escríbenos a contacto@grapeiq.net