Declaración de cosecha: quién la presenta y cuándo
Declaración de cosecha
(loc. sust.) La declaración de la uva que cosechas cada año en tus viñas.
- ¿Te toca?
Sí, si tienes viñas, propias o arrendadas.
No, si no tienes viñas.
- ¿Cuándo?
Cada año, hasta el 10 de diciembre.
- ¿Dónde se hace?
En el trámite de tu Comunidad Autónoma, conectado con el REA.
Al detalle: qué datos lleva, quién no la presenta y la norma.
La declaración de cosecha recoge la uva que obtienes cada campaña en tus viñas, propias o arrendadas. La presentas cada año a tu Comunidad Autónoma. La fecha concreta, en el Calendario.
¿Quién la presenta y quién no?
La presenta cada cosechero: quien obtiene la uva de una parcela, como dueño o con un derecho sobre ella. Una bodega la presenta por sus viñas propias o arrendadas.
- No la presentas si tu uva va a consumo en fresco, a pasas o a zumo.
- Tampoco si tienes menos de 0,1 ha y, además, no comercializas la cosecha o la entregas entera a una cooperativa.
Norma: Real Decreto 739/2015, art. 2.a y 3.
¿Qué datos prepara?
Los del anexo I del Real Decreto 739/2015, que tiene dos partes, la a y la b. Tu Comunidad Autónoma puede eximirte de la parte b si vincula la producción con las parcelas.
- La cosecha se declara por unidad territorial, separando aptitudes y destinos.
- Va en 100 kg, con dos decimales y sin redondeo.
- En tu Comunidad: diferencias el destino de la uva: DOP, Vino de la Tierra de Castilla y León, vino sin indicación u otros destinos.
Norma: Real Decreto 739/2015, art. 3 y anexo I.
¿Dónde y cuándo se presenta?
En el soporte informático de tu Comunidad Autónoma, que está conectado con el REA. Cada año, hasta el 10 de diciembre.
- La cosecha pasa de tu declaración al REA: no la vuelves a declarar allí.
- En tu Comunidad: en la sede electrónica de la Junta, en el trámite «Declaración obligatoria de cosecha de uva».
Norma: Real Decreto 739/2015, art. 3 · Real Decreto 1054/2022, anexo I, 9.
¿Con qué otros registros se relaciona?
Con INFOVI y con el cuaderno digital se compara, pero no tiene por qué dar lo mismo: cambian la unidad, el perímetro y la fecha. Con la declaración de proveedores de quien te compra uva, un dato tiene que coincidir.
- La uva de tu cosecha que llevas a tu bodega (cuadro C, en 100 kg) se compara con la entrada de uva de tu INFOVI, en kilos. La uva que compras no va en tu declaración de cosecha: va en tu declaración de proveedores.
- Si vendes o entregas uva a una bodega, el rendimiento de esa partida en su declaración de proveedores tiene que ser igual al de tu declaración de cosecha.
- La cosecha de cada unidad territorial se compara con los kilos vendimiados por parcela que anotas en el cuaderno digital, si pides ciertas ayudas de la PAC.
Norma: Real Decreto 739/2015, art. 3, art. 6.2 y anexos I a y IV a · Real Decreto 1054/2022, anexo I, 9.
Fuentes y norma completa
- Real Decreto 739/2015, art. 2.a y 3
- En tu Comunidad: Ley 8/2005 de la Viña y del Vino de Castilla y León, art. 9
- Real Decreto 1054/2022, anexo I, 9 (el REA recibe la cosecha en kg por hectárea, tinta y blanca)
- FEGA, anexo II, bloque 11 (cosecha), p. 51
Revisado el 26-10-2026Información orientativa, sacada de la norma oficial enlazada. No sustituye a un asesoramiento.Qué ha cambiado¿Ves un error? Escríbenos a contacto@grapeiq.netPróxima fecha en el Calendario: 10-12-2026