Relación trimestral a destilería: qué es y cuándo se presenta
Relación trimestral a destilería
(loc. sust.) La lista que das a la AEAT cada trimestre con lo que sale de tu bodega para destilar.
- ¿Te toca?
Sí, si envías a destilería orujos, lías u otros productos de los que se saca alcohol.
No, si en el trimestre no hubo salidas.
- ¿Cuándo?
Cada trimestre, en los 20 días siguientes a su final.
Los justificantes de venta se guardan cuatro años.
- ¿Dónde se hace?
En la oficina gestora de la AEAT.
Al detalle: qué datos lleva cada salida y la norma.
Si de tu bodega salen productos para destilar, o residuos de la vinificación, das a la AEAT una relación de esas salidas cada trimestre. Si en el trimestre no hubo ninguna, no presentas nada.
¿Cuándo te toca?
Te toca en cada trimestre en que haya salidas. Entran dos tipos de salida.
| Qué sale | Cuándo entra en la relación |
|---|---|
| Productos que son primera materia para fabricar alcohol vínico | Si van a una fábrica de destilación o de rectificación |
| Orujos, piquetas y demás residuos de la vinificación | Siempre, sea cual sea su destino |
- La norma no aclara si las lías entran en el segundo tipo, como residuo de la vinificación.
- Si en el trimestre no hubo salidas, la relación sería negativa y no se presenta.
Norma: Real Decreto 1165/1995, art. 89.4.
¿Qué datos lleva cada salida?
Cada salida del trimestre va con seis datos.
- La fecha.
- El destinatario y la industria que ejerce.
- Su dirección.
- La localidad de destino.
- La cantidad.
- La graduación.
Norma: Real Decreto 1165/1995, art. 89.4.
¿Cuándo y dónde se presenta, y qué guardas?
La presentas a la oficina gestora de la AEAT en los 20 días siguientes al final de cada trimestre natural Fecha por confirmar. Recoge las salidas del trimestre anterior.
- Las fechas de cada trimestre están en el Calendario.
- Guardas cuatro años los justificantes de las ventas, cuando haya venta, y los enseñas si te los pide la inspección.
Norma: Real Decreto 1165/1995, art. 89.4 y 89.7.
¿Cómo se relaciona con la retirada de subproductos?
Son dos obligaciones distintas. La retirada de orujos y lías se cumple por campaña; esta relación cuenta las salidas de cada trimestre.
- Entregar orujos y lías a destilación es una de las formas de retirarlos. Lo que envías a destilería en el trimestre va en su relación.
- La cantidad de cada salida se compara con el peso de ese subproducto en tu registro, y su graduación, con el alcohol que anotas. Ninguna norma pide que coincidan: la relación va por trimestre y, en orujos y residuos, recoge todas las salidas; el registro va por campaña y anota la cantidad que calcula tu bodega. Por comprobar
Norma: Real Decreto 1165/1995, art. 89.4 · Reglamento (UE) 2019/934, art. 13.
Fuentes y norma completa
- Real Decreto 1165/1995, art. 89.4 y 89.7
Revisado el 26-10-2026Información orientativa, sacada de la norma oficial enlazada. No sustituye a un asesoramiento.Qué ha cambiado¿Ves un error? Escríbenos a contacto@grapeiq.netPróxima fecha en el Calendario: 20-1-2027